Edoméx supera recaudación del registro de propiedades prevista en 2017

Toluca, Estado de México, 17 de enero de 2018.- Gracias a programas como la inmatriculación administrativa, los juicios sumarios de usucapión y la cancelación de hipotecas para viviendas de interés social, en 2017 el Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM) recaudó 1,383 millones 66 mil 778 pesos, monto que supera por más de 99 millones (7.74 por ciento) la previsión de recaudación para el año anterior calculada para esta área del gobierno estatal.

Rodrigo Espeleta, secretario de Justicia y Derechos Humanos, dijo que este esfuerzo ha permitido convertir a este Instituto no sólo en uno de los organismos con mejor recaudación de la entidad, sino en garante de la preservación de la historia de México. Mencionó que diciembre del año pasado fue el mes con mayor recaudación en la historia del IFREM, con un total de 164 millones 361 mil 152 pesos.

Tan sólo el pasado 18 de diciembre ingresaron a las arcas mexiquenses un total de 27 millones 448 mil 819 a través del IFREM; más de 1.14 millones de pesos cada hora en promedio, un logro histórico. Esto refleja la confianza de los mexiquenses para invertir y adquirir propiedades en la entidad, y la confianza de los notarios para regularizar la inscripción de testimonios y entregar protocolos al Archivo General de Notarías.

Tania Lugo, directora del Instituto de la Función Registral, señaló que la recaudación del IFREM se obtiene a través del cobro de los registros de los actos jurídicos de la propiedad y del comercio. Se trata de trámites como la inscripción de documentos o actos relativos a bienes inmuebles, como compraventas a plazos, inmatriculaciones de inmuebles,  o constituciones de régimen de propiedad en condominio, división de la copropiedad y constitución de personas morales mercantiles, entre otras.

Además, por escrituras y por la prestación de servicios del Archivo General de Notarías, tales como avisos de testamentos, expedición de testimoniales y copias certificadas. Todo ello con base en los artículos 95 al 103 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

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