- “Podrá participar el partido que hubiese perdido su registro, siempre y cuando hubiera participado con candidato en la elección ordinaria que fue anulada”
- “Los candidatos independientes que hayan participado en una elección ordinaria que haya sido anulada, tendrán derecho a participar en las elecciones extraordinarias correspondientes”
Atlautla, Estado de México.- El pasado 14 de febrero, la LXI Legislatura del Estado de México, publicó la convocatoria a la ciudadanía del Municipio de Atlautla y a los partidos políticos con derecho a participar, a la elección extraordinaria para renovar a las y los integrantes del Ayuntamiento de Atlautla, cuya jornada electoral se celebrará el día domingo 15 de mayo de 2022.
Dicha convocatoria señala en su Base Segunda, que los cargos de elección popular que serán renovados para el Ayuntamiento de Atlautla en la presente elección extraordinaria serán los siguientes: a) Un titular de la Presidencia Municipal, propietario y su suplente. b) Cuatro regidurías, propietarias y sus suplentes, por el principio de mayoría relativa; así como, tres regidurías de representación proporcional que correspondan. c) Una sindicatura, propietaria y su suplente; cuyo período constitucional del Ayuntamiento electo comprenderá del 1° de julio del año 2022 al 31 de diciembre del año 2024.
En ningún caso podrá participar el partido político que tuviere suspendido o hubiere perdido su registro con anterioridad a la fecha en que deban realizarse las elecciones extraordinarias. No obstante, podrá participar el partido que hubiese perdido su registro, siempre y cuando hubiera participado con candidato en la elección ordinaria que fue anulada. Asimismo, el artículo 91 del referido Código establece que los candidatos independientes que hayan participado en una elección ordinaria que haya sido anulada, tendrán derecho a participar en las elecciones extraordinarias correspondientes.
La elección extraordinaria tendrá tres etapas: I. Preparación de la elección, cuyo inicio declarará el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México ajustando los plazos relativos a las etapas del proceso electoral, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 33 del Código Electoral del Estado de México y los plazos y términos señalados, deberán ser publicados oportunamente en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” del Estado de México y en dos periódicos locales y uno nacional de mayor circulación. II. Jornada Electoral. Iniciará a las 8:00 horas del día domingo 15 de mayo de 2022 y concluirá con la remisión de los paquetes electorales al Consejo Municipal Electoral de Atlautla. III. Resultados y declaración de validez. Iniciará con la recepción de los paquetes electorales al Consejo Municipal Electoral de Atlautla, para continuar con el cómputo de la elección, y concluirá con la entrega de constancias de mayoría y la declaratoria de validez de la elección para renovar a las y los integrantes del Ayuntamiento de Atlautla, hecha por el Consejo Municipal Electoral o, en su caso, con las resoluciones que emitan los tribunales electorales competentes. Lo anterior, de acuerdo a lo indicado en la Base Tercera de la Convocatoria.
En esta elección extraordinaria podrán votar las personas que se encuentren inscritas en la Lista Nominal de Electores de Atlautla, utilizada en la Jornada Electoral del 6 de junio de 2021.
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